Skip links

Seguro de Ayuda a la Dependencia Aegon

Cada vez más, en nuestro entorno social vivimos situaciones en las que por enfermedad, accidente o envejecimiento se requiere de ayuda externa para seguir adelante en el día a día.

Si nos puede suceder a cualquiera de nosotros…¿por qué no estar preparados?

TE LLAMAMOS GRATIS
seguro-dependencia

Características principales

Aegon Dependencia ofrece una solución para garantizar la calidad y dignidad de vida ante una situación de dependencia:

 

  • Garantiza una renta vitalicia mensual desde 500€ a 2.500€ en tramos de 500€.
  • La renta se adecua a las necesidades y coste del servicio en cada momento, siendo creciente de forma geométrica al 2% desde la fecha de contratación.
  • Opcionalmente se puede contratar un capital para cubrir los primeros gastos en caso de una situación de dependencia. Este capital será 3 mensualidades de la renta elegida y se actualiza anualmente en la misma proporción.

 

Este seguro permite complementar las prestaciones públicas por dependencia, para hacer frente a los elevados costes que generan este tipo de situaciones.

 

Por ello, contratándolo hoy, garantizamos disponibilidad económica, asegurando tu bienestar y dignidad, sea cual sea tu situación personal futura.

Una solución con grandes ventajas fiscales

Deducciones

Permite deducirse de los rendimientos de trabajo y actividades económicas, el 100% de la aportación que se realice anualmente.

 

El límite de desgravación es conjunto con el resto de productos de Previsión Social (Planes de pensiones, PPA):

 

Límite aportación anual 2.000€

 

Límite deducción, el menor entre 2.000€ o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

Fiscalidad de las prestaciones

En el caso de ser necesaria la prestación por dependencia, tanto el capital como la renta obtenida tributarán como rendimientos del trabajo con retención a cuenta.

¿Por qué un Seguro de Dependencia?

Los cambios sociales y demográficos hacen surgir nuevas necesidades para asegurar el futuro.

 

El incremento de la esperanza de vida, la menor natalidad, el envejecimiento de la población y los cambios en los modelos familiares, hacen que sea preciso concienciarnos de la necesidad de fórmulas de ahorro que puedan resolver situaciones de futuro no deseadas pero cada vez más habituales.

 

La entrada en vigor de la Ley de Dependencia, el 1 de Enero de 2007, ha generado expectativas y opinión social sobre cómo afrontar económicamente situaciones de dependencia, y todo apunta a que el seguro privado va a desempeñar un gran papel, debido a las dificultades presupuestarias de financiación.

 

Pensando en ello, Aegon te ofrece una solución aseguradora frente a una posible situación de dependencia, que te permitirá mantener tu calidad y dignidad de vida en situaciones en las que nadie querría sentirse desprotegido.

Calcula el Precio de tu Seguro

¿Cuánto cuesta un Seguro de Dependencia?

Introduce tu edad en la calculadora y conoce la prima anual.

Two columns
Vertical
Horizontal

Calculadora Seguro de Dependencia

Renta Vitalicia Mensual de 1.000 €

{{ item.label }} {{ item.converted }}

Your service request has been completed!

We have sent your request information to your email.
Issued on: {{ $store.getters.getIssuedOn }}
Método de pago: {{ $store.getters.getPaymentType }}
{{ item.label }}: {{ item.converted }}

Renta Vitalicia mensual de 1.000 €

Capital Asegurado Primeros Gastos : 3.000 €

Revalorización de Renta y Capital: 2% (geométrico) anual desde la contratación.

¿Qué permite un Seguro de Dependencia?

¿Te has parado a pensar cuánto cuesta una residencia o centro especializado en caso de dependencia, o adecuación y ayuda en tu domicilio? ¿Te gustaría tener que depender de otros en esa situación?

Requisitos para contratar un Seguro de Dependencia

Como todos los seguros, debe contratarse antes de que se haya producido el siniestro que, en este caso, sería la declaración de dependencia.

¿Cuáles son las coberturas de un Seguro de Dependencia?

La cobertura principal de este tipo de seguros es la indemnización en forma de renta o capital, dirigida a dependientes de grado II y III.

 

La cuantía de la indemnización dependerá del nivel de dependencia que alcance cada persona. Cuanto más elevado sea, mayor indemnización recibirá el asegurado, ya que, como es lógico, tendrá que hacer frente a más gastos.

Tipos de dependencia según la Ley de Dependencia

Grado III. Gran Dependencia.

Cuando la persona afectada necesita ayuda para realizar tareas más de tres veces al día y, en caso de tener pérdida total de autonomía, requiere un apoyo permanente de un cuidador.

 

Grado II. Dependencia severa.

Cuando la persona afectada necesita ayuda para realizar varias tareas dos o tres veces al día pero sin necesitar el apoyo total de un cuidador.

 

Grado I. Dependencia moderada.

Cuando la persona afectada necesita ayuda en actividades de su vida diaria al menos una vez al día. También puede darse el caso de necesitar, de forma esporádica, apoyo limitado para su autonomía personal.

¿Qué circunstancias están excluidas del Seguro de Dependencia?

Estos seguros, normalmente tienen establecidos unos periodos de carencia que varían en función de la causa por la que se ha producido la dependencia.

Normalmente establecen un periodo de un año, sin embargo, para otro tipo de situaciones, como los accidentes, por los que el asegurado queda en situación de dependencia, las aseguradoras no exigen un tiempo mínimo para recibir la indemnización correspondiente.

Preguntas Frecuentes

    Deben transcurrir los siguientes periodos de carencia:
  • Carencia de 1 año, desde la fecha de efecto del contrato o fecha de efecto de posteriores modificaciones, para las situaciones de dependencia física o funcional que no hayan sido ocasionadas por un accidente.

 

  • Carencia de 3 años, desde la fecha de efecto del contrato o fecha de efecto de posteriores modificaciones, para las situaciones de dependencia intelectual, sensorial o psíquica que no hayan sido ocasionadas por un accidente.

No se aplicará periodo de carencia a aquellas situaciones de dependencia que se originen como consecuencia de un accidente de cualquier tipo.
Cuando el riesgo cubierto ocurra durante el periodo de carencia el Asegurado tendrá derecho a la devolución de las primas satisfechas hasta ese momento descontados los gastos, impuesto y recargos aplicables.

Declarar, a través del cuestionario que se le realice, todas las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. Durante la vigencia del contrato también deberá comunicar a Aegon, tan pronto como le sea posible, la alteración de los factores y las circunstancias declaradas que agraven el riesgo, excepto las relativas a la salud.

Si el Asegurado no lo hiciese, Aegon podrá resolver el contrato sin devolver el importe de los recibos pagados y/o no pagará la indemnización acordada en caso que ocurra el riesgo contratado.

  • El Tomador deberá realizar el pago de la prima de seguro, donde quedan comprendidos todos los impuestos y recargos que son repercutibles. En caso de impago del primer recibo o de los sucesivos recibos de renovación, la Póliza quedará cancelada no procediéndose a pagar la prestación acordada si ocurriese el riesgo contratado.

El Tomador/Asegurado puede seleccionar la fecha de efecto de su Póliza, siempre y cuando no sea anterior a la fecha de emisión o posterior en más de 100 días a ésta.

El seguro se contrata por el período de un año. Transcurrido el mismo, se entenderá prorrogada la Póliza por un año más, y así sucesivamente.

 

No obstante, las partes pueden oponerse a una prórroga con una notificación escrita a la otra parte con una anticipación de al menos un mes a la fecha de renovación en caso de que se oponga el Tomador, y de dos meses cuando quien se oponga sea Aegon.

 

Otros casos:

      • Cuando el Asegurado fallezca.
      • A petición del Tomador de la Póliza.
      • Por el impago de primas.
      • Cuando ocurra el riesgo cubierto durante el periodo de carencia.

Cómo contratar un Seguro de Dependencia

Nuestro Seguro Dependencia es un producto de la compañía holandesa Aegon, y está pensado para garantizar una indemnización en forma de renta, capital o prestación de un servicio siempre que el asegurado se encuentre en situación de dependencia.

Podrás contratar este producto a través de Román Seguros haciendo clic en el siguiente botón.

logo-aegon

Nuestros Seguros

Otros seguros que te pueden interesar

Seguro de Coche
Seguro de Coche
Seguro de Hogar
Seguro de Hogar
Seguro de Comercio
Seguro de Comercio
Seguros Agrarios
Seguros Agrarios
Seguros Médicos
Seguros Médicos
Vistas: 0